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INDICACIONES DE LA MONITORIZACIÓN

El uso de monitores para detectar las apneas ha disminuido la mortalidad en lactantes de alto riesgo. En la actualidad, no existe uniformidad de criterios para el uso de monitores en los neonatos. Nosotros sugerimos enviar a su hogar con monitores, para supervisar la posibilidad de apnea, a los neonatos que: (1) sufrieron un episodio casi mortal, claro o confirmado, cuya etiología permaneció desconocida, no está resuelta, o con probabilidad de repetirse; (2) tienen un hermano que murió de síndrome de muerte súbita del lactante; (3) con apnea de prematuridad que persiste en el momento del alta; y (4) son dados de alta del hospital con estimulantes respiratorios, medicaciones para reflujo gastroesofágico, oxígeno o con traqueostomía. Hay controversia sobre el uso de monitores en neonatos prematuros sin apnea por cierto tiempo antes de ser dados de alta, o con pocos episodios apneícos poco después del nacimiento. Algunos neurólogos creen que todos los prematuros deben regresar a sus casas con monitorización; mientras que otros opinan que si no se presentan episodios apneícos durante la semana antes de dejar el hospital, pueden darse de alta sin monitorización. Esta última posición es respaldada por un consenso del Instituto Nacional de Salud.
Con respecto a la duración del período de monitorización, nosotros (IA y OP) sugerimos lo siguiente: (1) en neonatos con historia de un episodio casi mortal, claro o confirmado, seguimiento durante un mínimo de 6 meses y 3 meses sin apneas; (2) en los hermanos de lactantes fallecidos por síndrome de muerte súbita del lactante, seguimiento durante un mínimo de 6 meses (y hasta 1 mes después de la edad a la que falleció el hermano); (3) en los lactantes con apnea de la prematuridad, hasta que su edad desde la concepción sea de al menos 52 semanas, y no hayan tenido apnea, como mínimo, durante 1 mes, después de interrumpidos los estimulantes respiratorios y las medicaciones para tratar el reflujo gastroesofágico.
En cuanto a la alarma de la apnea, se fijará en 20 segundos para todas las edades; para la taquicardia en 230 latidos/minuto; y para la bradicardia será según la edad postconcepcional, o sea, si es menor de 40 semanas se fija en 80 latidos/minuto; si es de 40 a 48 semanas, se fija en 70 latidos/minuto; y para más de 48 semanas, se fija en 60 latidos/minuto.

 

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Gibson, 1996 Consensus development panel, 1987